El término minoría es una categorización sociológica dentro de la demografía, que se refiere a un grupo de población
humana numéricamente inferior y con ciertas
creencias y costumbres en común, que permiten definir y diferenciar a sus
miembros entre todos los habitantes de la sociedad o
comunidad mayoritaria a la que pertenecen. Parte menor de los individuos que
componen una nación, ciudad o comunidad y que puede referir por la raza,
lengua, ideología, religión, u orientación sexual e identidad de género, etc.
Los
derechos de las minorías
El principio de
no discriminación tiene por objeto garantizar la igualdad de trato entre los
individuos cualquiera que sea su nacionalidad, sexo, raza u origen étnico, su
religión o sus creencias, discapacidad, edad, orientación sexual o cualquier
otra condición o circunstancia personal o social. Todas las personas tienen
iguales derechos e igual dignidad, y ninguna de ellas debe ser discriminada en
relación con otra. La discriminación impide el desarrollo pleno del potencial
de la persona, mina la confianza en las virtudes de las sociedades democráticas
y provoca exclusión social.
Íntimamente
ligada a la protección contra la discriminación (imprescindible para garantizar
los derechos de las personas pertenecientes a minorías) se encuentra la
protección de las minorías propiamente dicha. Ella exige el reconocimiento de
derechos tales como:
- derecho a la existencia y a
la identidad
- el derecho a la protección y
desarrollo de su cultura, a disfrutar de la misma
- a profesar y practicar su
propia religión
- a participar en las
decisiones que se adopten en cuestiones que les afecten
- a participar en la vida
social, económica y cultural
- a establecer y mantener sus
propias asociaciones
- a utilizar su propio idioma
en privado y en público
extraído de ararteko,http://www.ararteko.net/s_p_9_final_Principal_Listado.jsp?seccion=s_fdes_d4_v1.jsp&codMenuPN=66&codMenuSN=178&codMenu=181&codbusqueda=142
09/09/2013
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